{"id":10295,"date":"2020-02-16T17:08:34","date_gmt":"2020-02-16T20:08:34","guid":{"rendered":"http:\/\/2015.defensoriaformosa.gob.ar\/?p=10295"},"modified":"2020-02-16T17:08:34","modified_gmt":"2020-02-16T20:08:34","slug":"desde-la-defensoria-del-pueblo-se-brindaron-recomendaciones-respecto-a-las-denominadas-fotomultas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/?p=10295","title":{"rendered":"DESDE LA DEFENSORIA DEL PUEBLO SE BRINDARON RECOMENDACIONES RESPECTO A LAS DENOMINADAS FOTOMULTAS"},"content":{"rendered":"<p><strong>Considerando que, actualmente nos encontramos en el per\u00edodo de vacaciones de verano, circunstancia por la cual, numerosas familias se trasladan a diferentes puntos del pa\u00eds utilizando las distintas Rutas Nacionales y Provinciales, desde la Defensor\u00eda del Pueblo, recordaron algunos aspectos relativos a las denominadas \u201cfotomultas\u201d emitidas a trav\u00e9s de radares o cinem\u00f3metros, motivo de diversos reclamos. <\/strong><\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>En tal sentido, el Defensor del Pueblo, Dr. Jos\u00e9 Leonardo Gialluca, destac\u00f3 que hay ciertos requisitos t\u00e9cnicos y legales que hacen a la validez de las mismas y a la exigencia o no del pago de la multa. En primer lugar, se debe tener en cuenta que, existe una Ley Nacional de Tr\u00e1nsito N\u00ba 24.449, la que invita a las provincias a adherirse a la misma, sin embargo, al ser la Rep\u00fablica Argentina, un pa\u00eds federal y el control del tr\u00e1nsito una cuesti\u00f3n de competencia local, las provincias y los municipios tienen la potestad de efectuar controles y labrar actas de infracci\u00f3n, entre ellas, las \u201cfotomultas\u201d, tal como lo indica la -Agencia Nacional de Seguridad Vial-, dejando aclarado tambi\u00e9n que, las provincias de Buenos Aires, Santa Fe y C\u00f3rdoba realizan reservas en la materia, pero, m\u00e1s all\u00e1 de que los radares est\u00e1n sujetos a controles previos para su funcionamiento, el principal cuestionamiento recae sobre el modo de fiscalizaci\u00f3n por parte de las autoridades locales, empezando por la falta total o insuficiente de se\u00f1alizaci\u00f3n que alerte a los conductores sobre la existencia de cinem\u00f3metros y la velocidad m\u00e1xima permitida en determinados lugares, la falta de notificaci\u00f3n por un funcionario en el momento de la supuesta infracci\u00f3n, entre otras irregularidades, lo que, nos lleva a otro tema m\u00e1s importante, dado que, en la mayor\u00eda de los casos planteados por ante este Organismo de la Constituci\u00f3n, se refiere a -la deficiente notificaci\u00f3n o falta de notificaci\u00f3n- de las Actas de Infracci\u00f3n, ya que, muchas veces, los ciudadanos toman conocimiento de tales Actas o de la Resoluci\u00f3n que la deja firme, cuando \u00e9stas se hallan arrojadas en sus inmuebles, o a\u00fan peor se \u201centeran\u201d en el Registro del Automotor, en ocasi\u00f3n de realizar alg\u00fan tr\u00e1mite. Como se podr\u00e1 observar en las Actas &#8211; que tambi\u00e9n son Cupones de Pago &#8211; se ofrece a los destinatarios distintas modalidades de pago, pero no as\u00ed, -la facilidad y posibilidad real de defenderse-, al no haber coordinaci\u00f3n entre las distintas jurisdicciones ni existir Convenios de reciprocidad, no pudi\u00e9ndose aplicar lo que dispone la Ley Nacional de Tr\u00e1nsito, en lo que se refiere al derecho de opci\u00f3n de pr\u00f3rroga de jurisdicci\u00f3n, por lo que, las infracciones deben discutirse en el lugar donde se labraron, debido a la ausencia de colaboraci\u00f3n para las notificaciones y juzgamiento. Es as\u00ed que, la falta de homogeneidad de procedimientos, sumado a las irregularidades en la fiscalizaci\u00f3n y ulterior \u201cnotificaci\u00f3n\u201d, acarrea serios inconvenientes a los ciudadanos afectados que, se ven obligados a pagar una abultada suma de dinero por una supuesta infracci\u00f3n, sin tener la posibilidad concreta de poder hacer su descargo cuando se est\u00e1 a cientos de kil\u00f3metros del lugar de juzgamiento. Es as\u00ed que, verificados determinados vicios y\/o la falta de notificaci\u00f3n, -la supuesta multa no puede constituir un cr\u00e9dito fiscal ni titulo de apremio valido-, la legalidad de la Administraci\u00f3n de un Estado Provincial o Municipal, es un pilar fundamental sin el cual no existe estado de derecho, lo que implica que, la antes citada, debe someterse a la ley y solo podr\u00e1 realizar Actos que est\u00e9n permitidos por una norma preexistente. Para finalizar, se inform\u00f3 que, para realizar cualquier tipo de tr\u00e1mite en el Registro de la Propiedad Automotor \u00abno es obligatorio abonar all\u00ed multas de tr\u00e1nsito que surjan de las consultas al sistema a trav\u00e9s del Formulario 13I\u00bb. En caso de que se detecten infracciones, el titular registral puede optar por una \u00abnegativa de pago\u00bb, a trav\u00e9s de la cual, podr\u00e1 culminar con la gesti\u00f3n sin ning\u00fan tipo de impedimento. Dicha negativa se expresar\u00e1 en el mismo formulario dej\u00e1ndose constancia de esa circunstancia en el Registro del Automotor correspondiente. Por lo dicho, ante la imputaci\u00f3n de este tipo de multas, el Ombudsman de Formosa, invita a los interesados que quieran realizar sus planteos, a que concurran a la sede de la Defensor\u00eda del Pueblo sito en calle Padre Pati\u00f1o N\u00ba 831 de nuestra ciudad o comunicarse v\u00eda telef\u00f3nica a los n\u00fameros: 3704 436379 \u2013 3704 436320 \u2013 0800 444 1770 y\/o v\u00eda correo electr\u00f3nico: depuefor@fibertel.com.ar \u2013 denuncia@formosa.gov.ar.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Considerando que, actualmente nos encontramos en el per\u00edodo de vacaciones de verano, circunstancia por la cual, numerosas familias se trasladan a diferentes puntos del pa\u00eds utilizando las distintas Rutas Nacionales y Provinciales, desde la Defensor\u00eda del Pueblo, recordaron algunos aspectos relativos a las denominadas \u201cfotomultas\u201d emitidas a trav\u00e9s de radares o cinem\u00f3metros, motivo de diversos [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":10296,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[7,3],"tags":[],"class_list":["post-10295","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-seguridad-vial","category-defensa-de-los-derechos-del-usuario-consumidor-contribuyentes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10295","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=10295"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10295\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":10297,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/10295\/revisions\/10297"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/10296"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=10295"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=10295"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/defensoriaformosa.gob.ar\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=10295"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}